: Depósito de Cuentas
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ESTADOS CONTABLES

Esta regulado en los art. 365 y siguientes del R.R.M.; 36 y siguientes del Codigo de Comercio; 253 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital; y 272 y siguientes de la misma Ley.

Plazo:

Dentro del mes siguiente a su aprobación Art.365.1 del R.R.M. y 279 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital

A las solicitudes de depósito de cuentas recibidas desde Internet se les asignará automáticamente un número de entrada de cierto valor para impedir que este envío interfiera con los números asignados en mostrador.

Cuando se recibe un fichero telemático en el servidor del Registro, se crea automáticamente una entrada, asignándose la fecha/hora de entrada dependiendo de la hora del envío.

Si la recepción del envío se produce con diario de presentación abierto (9:00 a 18:00 horas), se presentarán a la hora de su recepción; si la recepción del envío es de 18:00 a 8:59 horas se presentarán a las 9:00 horas del primer día hábil siguiente.

Si la recepción se produce en festivo, se presenta el día hábil siguiente a las 9:00 horas.

Como excepción, de conformidad con lo dispuesto en el art. 248 apartado 4º de la ley hipotecaria en redacción dada por la ley 24/2005 de 18 de noviembre y en relación al número 2 del apartado 3º de dicho precepto los envíos telemáticos realizados antes de las 00:00 horas del día 30 de julio, se consideraran presentados dentro del mismo día del envío

Lugar:

(A) Personalmente en las oficinas del Registro, Paseo de la Castellana 44, dentro del horario de atención al público.

(B) Por correo (certificado o administrativo)dirigido a este Registro Mercantil, Paseo de la Castellana 44, Madrid 28046. En este caso se tomará como fecha de presentación la que conste del servicio oficial de correo.

Forma:

Actualmente se pueden presentar los documentos del depósito de cuentas de tres formas.

(1) Usando el programa de ayuda y confección archivos (D2) disponible en la dirección de Internet, www.registradores.org, generando el correspondiente soporte físico (CD o DVD)

(2) Cumplimentando los impresos y modelos normalizados disponibles a tal fin en este Registro Mercantil.

(3) Telemáticamente desde la Web www.registradores.org, previa obtención de la firma digital para envíos, pudiendo solicitar la firma digital si no se dispusiera de ella en www.registradores.org. Igualmente y como novedad, si ya se dispone de un certificado de firma digital emitido por la FNMT (Fabrica Nacional de Moneda y Timbre) o por cualquier otro emisor válido, podrá utilizar el Registro Electrónico accesible en www.registradores.org.

>> JUSTIFICANTE DE PAGO DEL DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES

Medios de pago:

El pago correspondiente al depósito de cuentas se efectuará:

  • Mediante talón nominativo a “Registradores Mercantiles de Madrid, C.B.”
  • Mediante ingreso bancario:
    o BBVA: 0182 2370 40 0201517866
    o Barclays: 0065 1197 00 0001027155

Cálculo del importe a pagar:

Para calcular el importe a pagar descargamos el cálculo del pago del depósito de cuentas anuales y rellenamos el número de sociedades a presentar por tipo de depósito (es decir, se podrá utilizar un único justificante de pago para varias sociedades), obteniéndose el importe total a pagar.

Si el medio de pago elegido para el abono del depósito de cuentas es el ingreso bancario, pincharemos en 'generar justificante', obteniéndose el “resguardo de ingreso por banco” por triplicado (ejemplar para la entidad bancaria, ejemplar para el Registro Mercantil y ejemplar para el interesado). El ingreso se podrá efectuar en cualquier sucursal del BBVA o Barclays, con el “resguardo de ingreso por banco” obtenido previamente. También se podrá efectuar transferencia por Internet, en cuyo caso, en el concepto de la transferencia se escribirá únicamente el número de referencia, que aparece en la parte superior derecha del resguardo de ingreso por banco, previamente obtenido.

Si el medio de pago elegido para el abono del depósito de cuentas es el talón, será nominativo a “Registradores Mercantiles de Madrid, C.B.” con el importe obtenido en el “cálculo del pago del depósito de cuentas anuales”

Documentos (en relación al pago) a presentar en el Registro Mercantil

Si el pago se realiza por talón, se entregará el talón. En el adverso del talón se escribirá número de teléfono y persona de contacto.

Si el pago se realiza por ingreso bancario en una sucursal del BBVA o Barclays, se entregará el “resguardo de ingreso por banco” (ejemplar para el Registro Mercantil) sellado por el banco

Si el pago se realiza por transferencia en Internet, se entregará justificante de pago por Internet, en el que figure claramente detallado, el importe, fecha de abono, cuenta de abono, referencia (indicada “resguardo de ingreso por banco”) e importe.

Descarga de modelos

Se puede descargar impresos para el depósito de cuentas (modelos ordinario, PYMES o abreviado) desde ésta página WEB en la sección SOLICITUDES DE, opción DESCARGAS

Registro Mercantil de Madrid 2011

Registro Mercantil de Madrid 2011. Departamento de Informática TEXTO LEGAL