Publicidad Registral. [ Notas simples | Certificados ]
La publicidad del contenido de los libros del Registro se obtiene de dos maneras: Mediante la expedición de nota simple informativa o bien mediante certificación.
Notas simples:
Las notas simples informativas pueden obtenerlas en tiempo real, en la web del Colegio de Registradores,
por petición directa en el propio Registro o bien por Fax -91 5780690- o
mediante petición al Registro Mercantil por correo ordinario a la siguiente
dirección:
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Registro Mercantil de Madrid
Departamento de Publicidad Registral
Paseo Castellana, 44 PORT 2
MADRID 28046
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La petición debe cumplimentarse en su totalidad, acompañando a la misma
D.N.I. / pasaporte y fotocopia del mismo, en su caso copia del carnet
profesional correspondiente y firmarse por el solicitante, indicando a nombre de
quien va la factura con NIF.
En el caso de petición de cuentas anuales, especificar si quieren copia de las
mismas o no.
Modelo de solicitud de Nota Simple
La falta de los datos dará lugar a la NO expedición de la información solicitada, conforme a lo dispuesto en la la instrucción de 17 de febrero de 1.998 de la D.G.R.N.
En la solicitud deberán indicar de forma expresa la información que solicitan, que debe ceñirse en todo caso a los datos obrantes en el Registro susceptible de publicidad registral.
En el caso de petición por Fax o correo ordinaria la nota simple será remitida en
el plazo máximo de 72 horas, desde su recepción, por correo contra reembolso al
domicilio que se indique, abonando a la misma, tanto el importe de la
información solicitada, como los gastos de envío, salvo que nos indiquen de
forma clara y precisa que la retirarán en las oficinas de éste Registro.
La nota simple informativa sin garantía NO ACREDITA FEHACIENTEMENTE, a diferencia de la certificación, el contenido de los asientos del registro. (Art. 80 del RRM y 222 RH).
Certificaciones
Las certificaciones pueden obtenerlas de forma telemática en la web del Colegio
de Registradores o mediante petición, en el propio Registro Mercantil, por fax al número
915780566 o por correo ordinario a la siguiente dirección
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Registro Mercantil de Madrid
Departamento de Publicidad Registral
Paseo Castellana, 44 PORT 2
MADRID 28046
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Certificaciones que se obtienen a través de la web colegial:
- Certificaciones de vigencia y cargos
- Certificación de cargo
- Certificación para la emisión de certificados electrónicos de Representante persona Jurídica ( FNMT )
Certificaciones que se deben pedir directamente al Registro.
- Todas las no especificadas anteriormente
La petición debe cumplimentarse en su totalidad, acompañando a la misma
D.N.I. / pasaporte y fotocopia del mismo, en su caso copia del carnet
profesional correspondiente y firmarse por el solicitante, indicando a nombre de
quien va la factura con NIF:
En el caso de petición por Fax o correo ordinaria la Certificación será remitida
en el plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, por correo contra
reembolso al domicilio que se indique, abonando a la misma, tanto el importe de
la información solicitada, como los gastos de envío, salvo que nos indiquen de
forma clara y precisa que la retirarán en las oficinas de éste Registro.
En el caso de petición de cuentas anuales, especificar si quieren copia de las
mismas o no.
Modelo de solicitud de Nota Simple
La falta de datos y de la firma de la solicitud, así como del DNI o pasaporte dará lugar a la NO expedición de la información solicitada, conforme a lo dispuesto en la la instrucción de 17 de febrero de 1.998 de la D.G.R.N.
La instrucción de 17 de Febrero de 1.998 de la D.G.R.N., dependiente del Ministerio de Justicia establece: " Las solicitudes de publicidad formal quedarán archivadas, de manera que siempre se podrá conocer la identidad del solicitante, su domicilio y su documento nacional de identidad o su número de identificación fiscal durante un período de tres años"
En la instancia deberán indicar de forma expresa las circunstancias especiales que obren en el Registro y de las que deseen obtener información.
La información literal de los asientos del Registro, sólo será atendida si el peticionario acredita alguna de las siguientes circunstancias:
- Ser socio o administrador de la sociedad de la que se pide información.
- Ser profesional del derecho, interesado en la realización de acciones judiciales sobre la sociedad.
- Ser profesional de otra actividad interesado en la obtención de información para la interposición de acciones legales contra la sociedad.
La certificación deberá ser retirada en el propio Registro, por el solicitante, sólo a petición expresa del mismo les será remitida en el plazo máximo de 10 días, desde su recepción, por mensajería al domicilio que se indique, abonando a la misma, tanto el importe de la información solicitada, como los gastos de envío.
Registro Mercantil de Madrid