Notificaciones relativas a documentos inscribibles.
El Registro Mercantil de Madrid, efectuará notificaciones sobre las incidencias de los documentos presentados al mismo, en diversos formatos y a efectos distintos.
Notificaciones relativas a documentos con defectos.
La calificación negativa del documento o de cláusulas del mismo, se notificará al presentante a través de correo con carta certificada con acuse de recibo, y al notario autorizante a través de correo electrónico. En caso de retirarse el documento defectuoso antes del envío de la notificación al presentante, este deberá firmar un recibí, conforme con estar notificado.
Notificaciones relativas a Depósito de cuentas.
Cuentas telemáticas:
Por correo electrónico recibe la Notificación de despacho, con la factura correspondiente.
Por correo electrónico se recibe la nota de suspensión y su factura caso de suspensión o denegación del depósito.
Cuentas presentadas físicamente en el Registro:
Por correo electrónico recibe la notificación de despacho, con la factura correspondiente y el aviso de defectos con la liquidación de honorarios correspondiente.
Visualizador de notas de despacho.
Notificaciones relativas a Legalizaciones de libros:
Libros Telemáticos:
Registro Mercantil de Madrid