Presentación de Documentos
Datos de contacto - Rellenar a efectos de notificaciones y adjuntar al documento |
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Conforme al art. 41 de la LEY 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas se va a cambiar la forma
de notificar a los usuarios. Según indica el artículo, la notificación se debe
realizar, preferentemente, por medios electrónicos. Para ello, enviaremos al
presentante un correo electrónico con un enlace para acceder a una sede
electrónica y poder ver la notificación.
Para poder abrir el enlace, el presentante (persona física) debe poseer un
certificado electrónico reconocido expedido por cualquier organismo competente
(puede consultar cuales son
aquí). El certificado incluye el número de
DNI del presentante, que es el que debe coincidir con
el número de DNI que se ponga en la instancia de presentación; de ser
diferentes, no se podrá acceder a ver el contenido de la notificación en la Sede
Electrónica.
Conforme al Art. 43.2 de esa Ley 39/2015, transcurridos diez días naturales
desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su
contenido, se considerará rechazada con los efectos legales que procedan.
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